La Ley General de Economía Circular (LGEC) fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 2026 y entró en vigor al día siguiente. Con ello, México se convirtió en uno de los primeros países de América Latina con legislación federal dedicada específicamente a la transición hacia una economía circular. Para las empresas del sector tecnológico, esto no es una declaración de intención lejana: es un reloj que ya está corriendo.
El error más común que observamos en directores de TI y oficiales de cumplimiento es asumir que, como aún no existe el Acuerdo General de Implementación (AGI) para el sector electrónico, no hay nada que hacer todavía. Todo lo contrario: los artículos transitorios de la LGEC establecen una cascada de plazos que se activan automáticamente, y la ventana para prepararse —antes de que las obligaciones sean exigibles— se está cerrando.
Este artículo te presenta un calendario práctico, basado directamente en los artículos transitorios de la ley, para que sepas exactamente qué esperar y cuándo.
Los siete artículos transitorios de la LGEC establecen un despliegue gradual pero con plazos concretos. A continuación, la línea del tiempo completa con lo que cada fecha significa para tu operación tecnológica:
El Transitorio Séptimo establece que la implementación de la LGEC se financiará con el presupuesto existente de SEMARNAT, sin recursos adicionales. Esto tiene dos implicaciones directas para las empresas:
Si tu empresa ya cuenta con un plan de manejo de residuos registrado bajo la LGPGIR, hay buenas noticias. El Artículo 13 de la LGEC reconoce explícitamente los planes de manejo existentes, otorgando crédito hacia los nuevos requisitos de Gestión Circular. Esto no te exime de cumplir con la nueva ley, pero sí te da una base documental desde la cual construir, y posiblemente reduce el alcance de la nueva documentación que deberás preparar.
En otras palabras: las empresas que ya trabajan con un socio ITAD profesional y tienen trazabilidad documentada de sus activos tecnológicos llevan ventaja desde el día uno.
La tentación de esperar es comprensible. Si el AGI específico para el sector de electrónicos aún no existe, ¿para qué actuar ahora? La respuesta tiene tres dimensiones:
El Reglamento que se publicará alrededor de julio de 2026 establecerá los procedimientos, formularios y criterios técnicos. Las empresas que ya tengan sus procesos de trazabilidad, documentación y cadena de custodia funcionando podrán adaptarse rápidamente. Las que empiecen de cero enfrentarán una curva de aprendizaje en pleno periodo de exigibilidad.
El Transitorio Cuarto da a los estados hasta julio de 2026 para armonizar. Algunas entidades podrían ir más allá del mínimo federal y crear obligaciones adicionales para el sector tecnológico. Si operas en múltiples estados, necesitas un marco de cumplimiento flexible que ya esté operando.
Desde el 20 de enero de 2026, la jerarquía de residuos, la responsabilidad extendida del productor y los principios de circularidad son ley vigente. Aunque las obligaciones específicas se detallarán en reglamentos y AGIs, una inspección de PROFEPA hoy ya puede evaluar tu operación bajo estos principios generales.
No necesitas conocer cada detalle del Reglamento para comenzar a prepararte. Estas son las acciones concretas que puedes ejecutar hoy para posicionar a tu empresa:
Realiza un censo completo de activos tecnológicos: en uso, en almacén y pendientes de disposición. Necesitarás esta línea base para cualquier plan de Gestión Circular.
Si ya tienes planes de manejo, manifiestos y bitácoras, organízalos. El Artículo 13 te dará crédito por este trabajo previo, pero solo si puedes demostrarlo.
Implementa un sistema de seguimiento por número de serie que documente el ciclo completo: adquisición, uso, retiro, destino final. Esto es exactamente lo que la LGEC pedirá.
Trabaja con un proveedor que ya opere bajo principios de economía circular: reuso antes que reciclaje, certificados de borrado de datos, reportes de impacto ambiental verificables.
Es importante entender que la LGEC no deroga la LGPGIR. Ambas leyes coexistirán, y la LGEC se construye sobre el marco existente de gestión de residuos. Lo que cambia es el enfoque: de gestionar residuos al final de la línea, a diseñar procesos circulares desde el origen.
Para el sector tecnológico, esto significa que las prácticas de ITAD profesional —reacondicionamiento, extensión de vida útil, recuperación de materiales, trazabilidad de activos— dejan de ser una buena práctica opcional y se convierten en el estándar regulatorio. Las empresas que ya operan con estos principios están, literalmente, adelantadas al marco legal.
En CircularIT llevamos años operando bajo los mismos principios que la LGEC ahora exige por ley. Cada activo tecnológico que procesamos genera la documentación que la nueva regulación requerirá:
La LGEC no es una ley que llegará algún día: ya está vigente. Cada mes que pasa sin preparación es un mes menos de ventaja cuando el Reglamento y los AGIs sectoriales entren en juego. Las empresas que actúen ahora —auditando sus activos, consolidando documentación, implementando trazabilidad y trabajando con un socio ITAD profesional— no solo cumplirán con la ley: estarán posicionadas como líderes en la transición circular de México.
No esperes al AGI de electrónicos para empezar. Los cimientos se construyen hoy.
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Equipo CircularIT®
Especialistas en gestión de activos tecnológicos y economía circular en México.
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